La quiebra es un proceso legal que permite a particulares o empresas declarar y resolver su incapacidad para saldar sus deudas. El proceso de quiebra puede ser complejo y se rige tanto por la legislación federal como por la estatal. En Nueva Jersey, la quiebra está concebida como una opción para ofrecer un nuevo comienzo a quienes se enfrentan a problemas financieros abrumadores. Tanto si está considerando declararse en quiebra para hacer frente a una deuda médica como a otras deudas de consumo, como los pagos de la vivienda o del vehículo, un abogado especializado en quiebras de Nueva Jersey puede acompañarle y proteger lo que más le importa.
El bufete de abogados Straffi & Straffi ha ayudado a personas del centro y el sur de Nueva Jersey a rehacer sus vidas. Nuestro equipo escucha primero y luego actúa. Si tiene problemas de deuda, podemos ofrecerle un asesoramiento jurídico sólido y representarle legalmente. Podemos realizar una evaluación exhaustiva de su caso y explicarle las opciones de las que dispone. Póngase en contacto con nosotros en el (732) 341-3800 para concertar una consulta y saber cómo declararse en quiebra en Nueva Jersey.
¿Cuánto tiempo se tarda en declararse en quiebra en Nueva Jersey?
Los problemas económicos pueden afectar a cualquiera. Si vives en Nueva Jersey y necesitas empezar de cero, declararte en quiebra puede darte un respiro. Sin embargo, el tiempo que se tarda en completar un proceso de quiebra en Nueva Jersey depende de varios factores, como el tipo de quiebra que se solicite y las circunstancias personales de cada uno.
Para muchas personas, el Capítulo 7 es la vía más rápida. Desde el día en que se presenta la solicitud, el tribunal suele resolver el caso en unos cuatro o seis meses. Es posible que tengas que vender algunas cosas para pagar parte de lo que debes. Los bienes básicos, como la mayor parte de la ropa, los enseres domésticos y el coche que necesitas para ir al trabajo, suelen quedar protegidos por la normativa federal.
El Capítulo 13 funciona de otra manera. En lugar de vender bienes, se realizan pagos fijos a un administrador cada mes. Debe presentar su plan en un plazo de 14 días tras la presentación de la solicitud, y el juez suele aprobarlo aproximadamente un mes después. Estos planes tienen una duración de entre tres y cinco años, y debe mantenerse al día con cada pago mensual.
Una buena documentación facilita todo el proceso. Recopila datos claros sobre tus facturas, tus bienes, tus ingresos, tus gastos y las personas a las que debes dinero antes de empezar. Además, consultar a un abogado con experiencia en quiebras de Nueva Jersey puede aportarte claridad y una orientación experta. El bufete Straffi & Straffi ofrece consultas para ayudar a los residentes de Nueva Jersey a tomar decisiones bien fundamentadas sobre la declaración de quiebra y facilitar un proceso fluido y eficaz.

¿Cuánto tarda en tramitarse una quiebra?
Comprender los plazos del proceso de quiebra es fundamental para las personas que barajan esta opción como vía de alivio financiero. En Nueva Jersey, la duración del proceso de quiebra puede variar considerablemente, desde unos pocos meses hasta varios años, dependiendo del tipo de quiebra que se solicite.
El primer paso para declararse en quiebra puede completarse con relativa rapidez una vez que se decide que es necesario. Sin embargo, la preparación de esta solicitud exige una atención minuciosa, ya que implica recopilar información financiera detallada. Esta fase preparatoria es fundamental y no debe precipitarse, ya que constituye la base de su solicitud de quiebra.
Si vas a solicitar la quiebra con plan de pagos ( Bancarrota del Capítulo 13), la ley exige que presentes un plan de pago en un plazo de 14 días desde la presentación de la solicitud. Este tipo de quiebra suele durar menos de cinco años, ya que implica la reestructuración de tus deudas y la realización de pagos periódicos. Por el contrario, la quiebra con liquidación ( Bancarrota del Capítulo 7 ) suele ser más rápida y, por lo general, se completa en menos de seis meses. Esta opción implica la liquidación de los bienes no exentos para saldar las deudas con los acreedores y suele ser más rápida, ya que no requiere un plan de pago.
Es importante abordar la decisión de declararse en quiebra con un conocimiento profundo de su situación financiera y de las posibles implicaciones. Las decisiones precipitadas pueden acarrear consecuencias importantes, por lo que se recomienda sopesarlo detenidamente y consultar con un abogado especializado en quiebras de Nueva Jersey.
Abogados especializados en quiebras en Nueva Jersey
Daniel Straffi, Jr.
Con más de 20 años de experiencia en el ámbito jurídico, Daniel Straffi, Jr. aporta un enfoque consolidado y polifacético al derecho concursal en Nueva Jersey. Combina su experiencia en litigios con un profundo conocimiento del derecho de familia y penal, lo que le convierte en un valioso defensor de particulares y empresas que atraviesan dificultades económicas.
- Colegios de Abogados de Nueva Jersey, Pensilvania y del Tribunal de Distrito de Nueva Jersey (2001)
- Prácticas con el juez Lee Forrester en el condado de Mercer
- Copresidente del Comité de Quiebras del Colegio de Abogados del Condado de Ocean
- Mediador certificado y miembro del panel de resolución temprana de litigios
- Se incorporó a la empresa familiar en 2004 tras su paso por Cooper Levenson
Por qué algunos procesos de quiebra se alargan: 7 factores que retrasan el proceso (y consejos para acelerarlo)
Quizá te imagines que un caso del Capítulo 7 se cerrará en un plazo de cuatro a seis meses o que un plan del Capítulo 13 se pondrá en marcha en unas semanas. Eso suele ocurrir, pero en la vida real pueden añadirse semanas o incluso meses adicionales. A continuación te presentamos los siete retrasos más habituales en Nueva Jersey y lo que puedes hacer hoy mismo para que el proceso siga avanzando.
- Documentación incompleta o presentada fuera de plazo: El tribunal necesita los calendarios completos, las nóminas, las declaraciones de la renta, los certificados de cursos y una lista adecuada de acreedores. Cuando estos documentos se presentan fuera de plazo, el secretario emite una orden de justificación y puede archivar el caso al cabo de unos catorce días. El sistema de presentación electrónica de Nueva Jersey incluso pide a los solicitantes que suban todos los documentos que falten en un único archivo PDF, por lo que una sola página que se haya pasado por alto puede reiniciar el plazo.
Consejo para agilizar el proceso: Reúne todos los documentos y formularios antes de presentar la solicitud. Si dispones de poco tiempo, tu abogado puede presentar una solicitud «básica», solicitar la suspensión automática y subir el resto de los documentos durante el periodo de gracia de dos semanas.
- Activos complejos e intereses comerciales: las viviendas con plusvalía, las viviendas en alquiler, las acciones de una sociedad de capital cerrado o una colección de valor requieren más tiempo. El administrador debe encargar tasaciones, comprobar los títulos de propiedad y decidir qué forma parte de la masa patrimonial. Los casos relacionados con activos suelen permanecer abiertos entre uno y tres años, mientras se clasifica todo y, si es necesario, se vende.
Consejo para agilizar el proceso: Reúne con antelación las últimas tasaciones, los títulos de propiedad y las pólizas de seguro. Entrega ese paquete al fideicomisario el primer día, así se necesitarán menos cartas de seguimiento.
- Liquidación de bienes no exentos: si hay tan solo un bien que no esté protegido por las exenciones, el administrador concursal deberá incautarlo, subastarlo y pagar a los acreedores. Cada uno de estos pasos puede alargar el proceso en varios meses.
Consejo para agilizar el proceso: antes de presentar la solicitud, consulta con tu abogado sobre la posibilidad de acogerse a exenciones federales o estatales, recomprar el bien o venderlo tú mismo a su valor de mercado, de modo que solo se incluya en el procedimiento el dinero en efectivo, y no los bienes.
- Auditorías de los administradores concursales: Aproximadamente uno de cada 250 casos del Capítulo 7 o del Capítulo 13 es seleccionado para una auditoría aleatoria o específica. Los auditores solicitan más nóminas, extractos bancarios y recibos; la exoneración de deudas queda en suspenso hasta que ellos den su visto bueno.
Consejo para agilizar el proceso: guarda copias digitales de los registros financieros de todo un año. Si te seleccionan, envía el expediente de inmediato y responde a las preguntas con claridad para evitar que te vuelvan a pedir la misma información.
- Objeciones o demandas de los acreedores: Un acreedor o el administrador concursal dispone de sesenta días tras la primera reunión prevista en el artículo 341 para impugnar tu exoneración. Una objeción da lugar a un procedimiento judicial independiente denominado «procedimiento contencioso» y puede alargar el proceso hasta más de un año.
Consejo para agilizar el proceso: Sé sincero sobre las deudas impugnadas antes de presentar la solicitud. Una negociación temprana o la presentación rápida de pruebas suelen convencer al acreedor para que desista de la reclamación.
- Nuevas solicitudes en el plazo de un año: si se ha desestimado tu caso en el último año, la suspensión automática finaliza al cabo de treinta días, a menos que el juez la prorrogue. Las mociones, las vistas y las pruebas de buena fe alargan el proceso varias semanas.
Consejo para agilizar el proceso: Presenta la solicitud de prórroga de la suspensión el mismo día que la nueva petición y demuestra que dispones de ingresos fijos y un presupuesto viable; actuar con prontitud permite mantener un calendario ajustado.
- Prueba de Recursos o revisión por abuso: El administrador concursal debe señalar un posible incumplimiento de la prueba de recursos económicos en un plazo de diez días a partir de la reunión prevista en el artículo 341 y puede solicitar al tribunal que desestime el caso por abuso en los treinta días siguientes. Las discusiones sobre los ingresos disponibles y los gastos admitidos pueden retrasar el proceso varios meses.
Consejo para agilizar el proceso: Revisa las cifras de la prueba de recursos económicos con un abogado especializado en quiebras antes de presentar la solicitud y recopila todos los justificantes de ingresos y gastos para que el administrador concursal pueda dar por zanjado el expediente rápidamente.
Un abogado especializado en quiebras de Nueva Jersey puede llevar un control de todas las fechas, preparar las solicitudes necesarias para mantener la suspensión de pagos y hablar con el administrador concursal y los acreedores en tu nombre. Esa ayuda reduce los retrasos y te permite seguir adelante antes.
El proceso de quiebra en Nueva Jersey
El proceso de quiebra en Nueva Jersey se divide en dos tipos: el Capítulo 7 y el Bancarrota del Capítulo 13. Cada tipo tiene su propio plazo y procedimiento que debe seguir el deudor que solicite el alivio de sus deudas.
Bancarrota del Capítulo 7 Cronología
Bancarrota del Capítulo 7, conocida comúnmente como quiebra por «liquidación», permite al deudor saldar sus deudas no garantizadas, como las de las tarjetas de crédito y las facturas médicas. A continuación se presenta el calendario de acontecimientos en un caso de quiebra según el Capítulo Bancarrota del Capítulo 7 :
- Reunión de acreedores 341: Aproximadamente entre 30 y 45 días después de presentar la solicitud de quiebra, el deudor debe asistir a una reunión con el administrador concursal y con los acreedores que decidan asistir. La reunión, conocida como «Reunión de acreedores 341», permite al administrador concursal y a los acreedores verificar los activos y la situación financiera del deudor. Se espera que el deudor responda bajo juramento a preguntas relativas a sus activos y asuntos financieros.
- Curso de formación para deudores: En un plazo de 60 días a partir de la reunión de acreedores prevista en el artículo 341, el deudor debe completar un curso obligatorio de formación para deudores. Este curso proporciona al deudor información sobre la gestión financiera responsable, y es necesario presentar ante el tribunal un certificado de finalización. El incumplimiento de la obligación de completar este curso puede dar lugar a la desestimación del caso.
- Liquidación de activos por parte del administrador concursal: En un procedimiento de quiebra por liquidación ( Bancarrota del Capítulo 7), el administrador concursal se encarga de identificar y liquidar los activos no exentos del deudor. Los activos no exentos son aquellos que no están protegidos por las exenciones concursales, como los artículos de lujo y los inmuebles de inversión. El producto de la liquidación se utiliza posteriormente para pagar a los acreedores según la prioridad de sus créditos.
- Exoneración de deudas y cierre del expediente: Una vez que el administrador concursal ha liquidado los bienes no exentos del deudor y ha distribuido el producto de la liquidación entre los acreedores, se concede al deudor la exoneración de sus deudas admisibles. El tribunal dicta una resolución de exoneración, que libera legalmente al deudor de cualquier obligación futura de pagar las deudas exoneradas. A continuación, se cierra el expediente, normalmente en un plazo de cuatro a seis meses a partir de la fecha en que el deudor presentó la solicitud de quiebra.
Un acuerdo de liquidación de deudas ( Bancarrota del Capítulo 7 ) puede suponer un alivio para quienes tienen dificultades para hacer frente a sus deudas no garantizadas, pero es importante comprender los plazos y los requisitos del proceso para aumentar las posibilidades de que el resultado sea satisfactorio.
Bancarrota del Capítulo 13 Cronología
Bancarrota del Capítulo 13, también conocida como quiebra por «reorganización», permite al deudor reestructurar sus deudas en un plan de pago viable con una duración de entre tres y cinco años. A continuación se presenta el calendario de eventos de un procedimiento en virtud del artículo Bancarrota del Capítulo 13 :
- Reunión de acreedores 341: Al igual que en el procedimiento del Capítulo 7, el deudor debe asistir a una reunión de acreedores 341 en un plazo de entre 30 y 45 días tras presentar su solicitud de quiebra. Sin embargo, en un caso del Capítulo 13, el objetivo principal de esta reunión es resolver cualquier objeción que el administrador o los acreedores puedan plantear al plan de pago propuesto por el deudor.
- Curso de formación para deudores: Al igual que en el Capítulo 7, el deudor debe completar un curso obligatorio de formación para deudores y presentar el certificado de finalización ante el tribunal en un plazo de 60 días a partir de la reunión de acreedores prevista en el artículo 341.
- Confirmación del plan de pago del Capítulo 13: En un plazo de 45 días a partir de la reunión de acreedores prevista en el artículo 341, se celebra una vista de confirmación ante el tribunal para determinar si el plan de pago propuesto por el deudor es viable y cumple los requisitos de la ley de quiebras. Si se confirma el plan, el deudor comienza a realizar pagos al administrador concursal, quien a su vez distribuye los fondos entre los distintos acreedores de conformidad con el plan.
- Plazo de pago y condonación de las deudas restantes: Según el plan de pago confirmado, el deudor puede disponer de un plazo de hasta cinco años para saldar sus deudas, en función de sus ingresos y otros factores. Una vez completado con éxito el plan de pago, se concede al deudor la condonación de cualquier deuda restante que cumpla los requisitos. A continuación, se archiva el expediente y el deudor queda liberado de sus obligaciones financieras anteriores.
El proceso de quiebra en Nueva Jersey conlleva una serie de pasos importantes, entre los que se incluyen reuniones, cursos y vistas judiciales, con el fin de garantizar que el deudor comprenda sus obligaciones y las consecuencias de la quiebra. El proceso completo puede durar entre cuatro meses, en el caso del Capítulo 7, y varios años, en el caso del Capítulo 13, dependiendo de la situación financiera del deudor y del cumplimiento de los requisitos judiciales.
| Paso | Bancarrota del Capítulo 7 | Bancarrota del Capítulo 13 |
|---|---|---|
| Presentación de la solicitud de quiebra | El deudor presenta una solicitud de « Bancarrota del Capítulo 7 » | El deudor presenta una solicitud de « Bancarrota del Capítulo 13 » |
| Suspensión automática | Entra en vigor la suspensión automática, lo que ofrece protección inmediata frente a las acciones de cobro de los acreedores | Entra en vigor la suspensión automática, lo que ofrece protección inmediata frente a las acciones de cobro de los acreedores |
| Nombramiento de un administrador | Se nombra a un administrador concursal para que supervise el procedimiento y liquide los bienes no exentos | Se nombra a un administrador concursal para supervisar el caso y gestionar el plan de pago |
| Junta de acreedores (Junta 341) | El deudor asiste a la reunión de acreedores prevista en el artículo 341, en la que el administrador concursal y los acreedores pueden formular preguntas | El deudor asiste a la reunión de acreedores prevista en el artículo 341, en la que el administrador concursal y los acreedores pueden formular preguntas |
| Liquidación de activos no exentos | El administrador identifica y liquida los bienes no exentos para pagar a los acreedores | El deudor conserva sus bienes, pero paga a los acreedores mediante un plan de pago |
| Extinción de las deudas y archivo del expediente | Las deudas admisibles quedan condonadas, lo que supone una exención de la responsabilidad personal. Se archiva el procedimiento de quiebra. | Las deudas restantes que cumplen los requisitos quedan condonadas, lo que supone una exención de la responsabilidad personal. Se archiva el procedimiento de quiebra. |
Pasos que hay que seguir antes de declararse en quiebra
Antes de declararse en quiebra en Nueva Jersey, es fundamental que se tome el tiempo necesario para evaluar su situación financiera y asegurarse de que la quiebra es la mejor opción para usted. Considere soluciones alternativas, como la negociación o la consolidación de deudas, para valorar si la quiebra es la opción más adecuada en su caso.
También es recomendable tener una idea clara de tus activos, deudas y gastos; esto te ayudará a determinar qué tipo de quiebra debes solicitar y a organizar tus finanzas para obtener el mejor resultado posible en tu caso. Por último, infórmate sobre el proceso de quiebra, incluidos los tipos de quiebra disponibles, los requisitos de cada uno y el impacto que tendrá en tu historial crediticio y en tu futuro financiero.
Recopilación de documentación e información financiera
A la hora de preparar la solicitud de quiebra, es fundamental recopilar información financiera precisa y exhaustiva que refleje fielmente su situación económica. Esta documentación se utilizará para cumplimentar los formularios oficiales de quiebra y para comunicarse con el tribunal y el administrador concursal en relación con su caso. Entre los tipos de documentos que deberá recopilar y organizar se incluyen:
- Declaraciones de la renta de los dos últimos años
- Nóminas o justificantes de ingresos de los últimos seis meses
- Extractos bancarios de los últimos seis meses
- Documentación relativa a cuentas de jubilación, planes de pensiones u otras inversiones
- Documentación del préstamo hipotecario, si procede
- ¿Ha realizado alguna tasación o valoración reciente de su vivienda?
- Recibos del impuesto sobre bienes inmuebles
- Documentación relativa a cualquier vehículo, incluidos préstamos, arrendamientos y matriculaciones
- Una lista de tus acreedores, con los saldos y los números de cuenta
- Cualquier sentencia judicial, demanda o embargo
Estos documentos le ayudarán a cumplimentar los formularios y anexos necesarios y ofrecerán al tribunal una visión clara de su situación financiera.
Requisito de asesoramiento crediticio
Antes de declararse en quiebra en Nueva Jersey, es obligatorio que realice un curso de asesoramiento crediticio impartido por un asesor autorizado. Este curso está diseñado para ayudarle a evaluar si la quiebra es la mejor opción para su situación financiera y para proporcionarle formación y recursos que le permitan gestionar sus finanzas en el futuro. Una vez finalizado el curso, recibirá un certificado de finalización que deberá adjuntar a su solicitud de quiebra.
Elegir entre el Capítulo 7 y Bancarrota del Capítulo 13
Elegir el tipo de quiebra más adecuado para su situación es fundamental para obtener un resultado satisfactorio. En Nueva Jersey, los dos tipos principales de quiebra a los que pueden acogerse los particulares son el Capítulo 7 y el Capítulo 13.
- Bancarrota del Capítulo 7, a menudo denominada «quiebra por liquidación», te permite saldar muchas de tus deudas no garantizadas, como las de tarjetas de crédito y las facturas médicas. Sin embargo, esto puede requerir la liquidación de algunos bienes no exentos para satisfacer a tus acreedores. Para poder acogerte al Capítulo 7, debes superar la prueba de capacidad de pago ( Prueba de Recursos), que evalúa tus ingresos y gastos para determinar si tienes capacidad para pagar una parte de tus deudas.
- Bancarrota del Capítulo 13, también conocida como quiebra por «reorganización», consiste en elaborar un plan de pago para saldar una parte de tus deudas durante un periodo determinado (normalmente, de tres a cinco años). Bancarrota del Capítulo 13 te permite conservar tus bienes mientras te esfuerzas por saldar tu deuda.
Consulte a un abogado con experiencia en quiebras de Nueva Jersey para determinar cuál es el tipo de quiebra más adecuado para su caso concreto.
Presentación de la solicitud de quiebra
A lo largo de todo el proceso de declaración, es fundamental conocer sus derechos y obligaciones, así como las posibles consecuencias de declararse en quiebra.
Cómo rellenar los formularios de quiebra
Antes de presentar su solicitud de quiebra, debe cumplimentar los formularios necesarios. Estos formularios incluyen anexos y declaraciones que detallan su situación financiera, como sus deudas, activos, ingresos y gastos mensuales. Puede obtener los formularios directamente en el sitio web de los Tribunales de los Estados Unidos o consultar con un abogado especializado en quiebras o con un preparador de solicitudes de quiebra.
Para rellenar los formularios correctamente, debe reunir la información financiera pertinente, como nóminas recientes, extractos bancarios, facturas de tarjetas de crédito y documentos hipotecarios. Es fundamental facilitar información veraz en estos formularios, ya que la información incompleta o falsa puede dar lugar a la desestimación del caso o incluso a posibles cargos penales por fraude en materia de quiebra. Esté preparado para facilitar una lista completa de sus acreedores, sus datos de contacto y el importe total adeudado a cada uno de ellos.
Además de los formularios estándar de quiebra, es posible que también tenga que rellenar formularios locales adicionales específicos del distrito de Nueva Jersey en el que presente la solicitud. Estos formularios pueden incluir una declaración del número de la Seguridad Social, la certificación del deudor de que ha completado la formación posterior a la solicitud y otros. Los tribunales de quiebras de Nueva Jersey se dividen en tres divisiones, en función de la ubicación geográfica del deudor.
Tasas de tramitación y exenciones de tasas
Al presentar una solicitud de quiebra, debes abonar una tasa de tramitación, cuyo importe varía en función del tipo de quiebra. En el caso de Bancarrota del Capítulo 7, la tasa de tramitación es de 338 dólares, y en el de Bancarrota del Capítulo 13, de 313 dólares. Estas tasas pueden abonarse en efectivo, mediante giro postal o con un cheque bancario, a nombre de «Clerk, U.S. Bankruptcy Court».
En determinadas circunstancias, los deudores pueden tener derecho a una exención de tasas o a un plan de pago a plazos. Para solicitar una exención de tasas, debe cumplimentar y presentar la «Solicitud de exención de la tasa de presentación del Capítulo 7». El tribunal tendrá en cuenta sus ingresos, activos, gastos y otras circunstancias económicas para determinar si cumple los requisitos para obtener una exención de tasas.
Si no cumple los requisitos para la exención del pago de tasas, puede solicitar el pago fraccionado de la tasa de tramitación presentando la «Solicitud de pago fraccionado de la tasa de tramitación para particulares».
Presentación de la solicitud ante el Tribunal de Quiebras de Nueva Jersey
Una vez que haya rellenado los formularios de quiebra y haya abonado la tasa de presentación u obtenido una exención, deberá presentar su solicitud ante la división correspondiente del tribunal de quiebras de Nueva Jersey: Camden, Trenton o Newark. Puede presentar los formularios en persona o por correo. Tenga en cuenta que la presentación por correo puede provocar retrasos.
Una vez presentada la solicitud de quiebra, el tribunal designará a un administrador para su caso. La función del administrador consiste en examinar su situación financiera, representar los intereses de sus acreedores y supervisar la gestión de su procedimiento de quiebra, lo que incluye la celebración de la reunión de acreedores prevista en el artículo 341.
Suspensión automática y notificaciones a los acreedores
Al presentar la solicitud de quiebra, entra en vigor una suspensión automática que ofrece protección temporal frente a la mayoría de las acciones de los acreedores, como demandas judiciales, embargos de salario y llamadas de cobro. Esta protección le permite centrarse en resolver su situación financiera, colaborar con el administrador concursal y participar en sesiones de asesoramiento crediticio y cursos de formación para deudores.
El tribunal de quiebras notificará a tus acreedores la presentación de tu solicitud de quiebra, y estos deberán suspender las medidas de cobro en tu contra mientras la suspensión automática siga vigente. Es fundamental tener en cuenta que ciertas deudas, como la pensión alimenticia y los impuestos, no pueden ser condonadas en un procedimiento de quiebra, y que las acciones de cobro por estas deudas pueden continuar a pesar de la suspensión automática.
Cómo trabajar con un abogado con experiencia en quiebras de Nueva Jersey
Declararse en quiebra en Nueva Jersey puede ser un proceso complicado y, a menudo, abrumador, por lo que es fundamental contar con el asesoramiento y el apoyo de un abogado especializado en quiebras con experiencia que le ayude a desenvolverse en el sistema. Un abogado puede ayudarle a comprender los requisitos y los procedimientos, a cumplimentar y presentar los formularios y anexos necesarios, a representarle en los procedimientos judiciales y a defender sus intereses a lo largo de todo el proceso.
Nuestro equipo de abogados especializados en quiebras de Nueva Jersey, dirigido por Daniel Straffi Jr., cuenta con un amplio conocimiento de la legislación en materia de quiebras. Llevamos años prestando nuestros servicios en el centro y el sur de Nueva Jersey como un bufete especializado en quiebras. Nuestro principal objetivo es ayudar a las personas a alcanzar la libertad financiera y a empezar de cero. Entendemos que la imposibilidad de pagar las deudas puede resultar abrumadora y causar un estrés enorme, no solo a usted, sino también a su familia.
Si se encuentra en una situación de este tipo, podemos ofrecerle el asesoramiento jurídico y la representación que necesita. Nuestro bufete, Straffi & Straffi Attorneys at Law, ha ayudado a numerosas familias y empresas de los condados de Ocean y Monmouth, así como de otras zonas de Nueva Jersey, a empezar de nuevo. Para concertar una consulta, póngase en contacto con nosotros hoy mismo llamando al (732) 341-3800.


